Gran entusiasmo despierta la posibilidad de perfeccionar las normas que
nos rigen. Una guía para ello podrían ser las Ideas fundamentales para
la Constitución Bolivariana de la V República, dirigidas por el
Comandante Hugo Chávez Frías a la Soberanísima Asamblea Nacional
Constituyente en septiembre de 1999.
2
Decía Bolívar que "Moral y Luces son nuestras primeras necesidades".
Proponía Hugo Chávez en 1999 que "la educación impartida por los
institutos oficiales será de calidad y gratuita en todos sus ciclos". El
Supremo Comando del Negociado de los Postgrados le enmendó la Plana al
Comandante Eterno, y en el artículo 103 metió un contrabando según el
cual "La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el
maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las
instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario".
Así, quien no tenga centavos para pagar un postgrado jamás podrá ser
doctor. Constituyentistas sin Moral podrían seguir negándole al pueblo
que no puede pagar doctorados las luces académicas que ellos recibieron
gratuitamente. El pueblo podría apagarle la luz a ellos.
3
Proponía Hugo Chávez el pago de prestaciones "oportuno y proporcional al
tiempo de servicio de acuerdo con la ley y calculado de conformidad con
el último salario". Los enemigos de los trabajadores, que también se
colaron en la Constituyente, omitieron incluir en el artículo 92 de la
la Constitución el mandato de que debían ser calculadas "de conformidad
con el último salario". Apenas en la disposición Transitoria Tercera
sugieren que dicho mandato figure en una Ley Orgánica del Trabajo. Así,
la Asamblea Nacional podría eliminar dicha Ley cuando le plazca. Según
lo señaló Hugo Chávez Frías, derecho tan fundamental debe figurar en el
mismo texto constitucional.
4
Propuso Hugo Chávez que "la República se reserva el derecho de defender
las actividades económicas de su empresa nacional". Otro virus matuteado
en el artículo 301 desautorizó de plano al Presidente al afirmar que
"la inversión extranjera está sujeta a las mismas condiciones que la
inversión nacional". Es decir, las sardinas venezolanas no tendrán
ninguna ventaja para luchar contra los tiburones transnacionales. Aunque
usted no lo crea, hubo constituyentistas que metieron un ALCA en la
Constitución Bolivariana, cinco años antes de que América Latina lo
rechazara unánimemente en Mar del Plata. A borrar esa vergüenza de
nuestra Carta Magna. A borrar de las listas de nuevos constituyentistas a
quienes hayan votado a favor de semejante abominación. ¡Por favor!
5
Recomendó Hugo Chávez una norma que "considera nula y no escrita
cualquier cláusula que como consecuencia de compromisos tecnológicos,
comerciales, educativos o de cualquiera otra índole, condicione o limite
la potestad soberana de la República para legislar y adoptar medidas en
materia económica". Una cepa antipatriótica borró la propuesta de Hugo
Chávez, estableciendo de paso que donde manda Paquete, Carta de
Intención, Agenda o Acuerdo de Sombra o Neoliberales disfrazados de
Bolivarianos, no manda Venezuela. Y mucho menos Comandante Eterno.
6
Lucharon toda su vida Bolívar, Cipriano Castro y Hugo Chávez Frías
contra la doctrina vendepatria según la cual los asuntos de interés
público de Venezuela pueden ser resueltos por Tribunales, Juntas
Arbitrales o Inquisiciones de otros países. Inglaterra, Alemania e
Italia bloquearon, invadieron y cañonearon Venezuela intentando
inútilmente imponer esa abominación. Y sin embargo, dispone el artículo
151 de la Constitución vigente, que: "En los contratos de interés
público, si no fuere improcedente de acuerdo con la naturaleza de los
mismos, se considerará incorporada, aun cuando no estuviere expresa, una
cláusula según la cual las dudas y controversias que puedan suscitarse
sobre dichos contratos y que no llegaren a ser resueltas amigablemente
por las partes contratantes, serán decididas por los tribunales
competentes de la República, de conformidad con sus leyes, sin que por
ningún motivo ni causa puedan dar origen a reclamaciones extranjeras".
¿Quién define esa "improcedencia"? ¿Quién decide esa "naturaleza de los
mismos" que permitiría a jueces extranjeros decidir sobre el orden
público venezolano? Hasta ahora, los funcionarios vendepatrias, y esa
vergonzosa e imprecisa excepción ha permitido que Venezuela sea
repetidamente sometida a tribunales extranjeros y condenada por ellos.
En vano Hugo Chávez Frías y el gobierno que presidía nos retiraron del
Centro Internacional de Arreglo sobre las Inversiones y de la Comisión
Interamericana de los Derechos Humanos, para evitar que nuestro país
fuera arrastrado ante un tribunal de linchamiento. En vano dispone el
artículo 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
que "Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la
libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la
autodeterminación nacional". (Por inmunidad de la Nación se entiende
justamente el que no está sometida a tribunales foráneos). Y sin
embargo, funcionarios acomodaticios o ignorantes siguen sometiéndonos a
la sentencia insolente del extranjero. Quien no entienda el concepto de
soberanía no puede ser constituyentista y quizá no debería ser
venezolano.
