¿Qué es una Comuna?
Es un espacio socialista que, como entidad local, es definida por la integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres, que se reconocen en el territorio que ocupan y en las actividades productivas que le sirven de sustento, y sobre el cual ejercen los principios de soberanía y participación protagónica como expresión del poder popular, en concordancia con un régimen de producción social y el modelo de desarrollo endógeno y sustentable, contemplado en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
¿Cuál es su propósito?
Tiene como propósito la construcción del estado comunal, mediante la promoción, impulso y desarrollo de los ciudadanos y ciudadanas en la gestión de políticas públicas, en la conformación y ejercicio del autogobierno por parte de las comunidades organizadas.
¿De qué manera se concreta su objetivo?
Con la formulación de proyectos, elaboración y ejecución presupuestaria, la administración y gestión de las competencias y servicios que conforme al proceso de descentralización, le sean transferidos, así como la construcción de un sistema de producción, distribución, intercambio y consumo de propiedad social, y la disposición de medios alternativos de justicia para la convivencia y la paz comunal. Todo lo cual hará que transitemos hacia la sociedad socialista, democrática, de equidad y justicia social.
Principios y Valores de las Comunas
La constitución, conformación, organización y funcionamiento de la comuna se inspira en la doctrina del Libertador Simón Bolívar y se rige por los principios y valores socialistas de: participación democrática y protagónica, interés colectivo, diversidad cultural, cogestión, honestidad, eficacia y eficiencia, responsabilidad, igualdad social, libre debate de ideas, garantías de los derechos de las y los ciudadanos, equidad, justicia social, defensa de la integridad territorial y soberanía nacional, entre muchos otros. Dentro del ámbito comunal se ha de tener claro el significado de cada uno de los aspectos naturales que en la Ley Orgánica de las Comunas se trata, para el conocimiento sobre la funcionalidad de las estructuras que la conforman.
Entre estos conceptos básicos tenemos: Banco Comunal, Cartas Comunales, Carta fundacional, Comunidad, Comunidad organizada, Consejo de Economía Comunal, Consejo de Contraloría Comunal, Distritos motores de desarrollo, Ejes estratégicos de desarrollo territorial, Estado Comunal, Gaceta Comunal, Instancias del Poder Popular, Sistema Económico Comunal, Socialismo y Parlamento Comunal, entre otros.
Al igual que en la conformación de un consejo comunal, para constituir una comuna ha de existir una Comisión promotora, la cual se encargará de coordinar y articular tareas a ser desempeñadas por los diferentes comités que en las comunidades a organizarse en comuna existan.
El proceso de constitución de una comuna se realizará en el tiempo prudencial, estimado en la ley que rige esta materia.
Una vez que se han recorrido los pasos para la conformación de la comuna, luego que se celebran las elecciones del referendo aprobatorio y se registra la carta fundacional ante el órgano facilitador, la comuna adquirirá personalidad jurídica.
Al igual que en la conformación de un consejo comunal, para constituir una comuna ha de existir una Comisión promotora, la cual se encargará de coordinar y articular tareas a ser desempeñadas por los diferentes comités que en las comunidades a organizarse en comuna existan.
El proceso de constitución de una comuna se realizará en el tiempo prudencial, estimado en la ley que rige esta materia.
Una vez que se han recorrido los pasos para la conformación de la comuna, luego que se celebran las elecciones del referendo aprobatorio y se registra la carta fundacional ante el órgano facilitador, la comuna adquirirá personalidad jurídica.
De la organización y Funcionamiento de la Comuna
El Parlamento Comunal es la máxima instancia del autogobierno en la Comuna; y sus decisiones se expresan mediante la aprobación de normativas para la regulación de la vida social y comunitaria, coadyuvar con el orden público, la convivencia, la primacía del interés colectivo sobre el interés particular y la defensa de los derechos humanos, en los actos de gobierno en la planificación, coordinación y ejecución de planes y proyectos en el ámbito comunal. Esta instancia de Poder Comunal celebrará sesiones una vez al mes y/o cuando sea convocado por los diferentes consejos que intervienen en la organización popular, a saber: Consejo Ejecutivo, Consejo de Planificación Comunal, la autoridad única del distrito motor o del eje estratégico de desarrollo al que pertenezca, o por el equivalente al 70% de los consejos comunales que conforman la comuna.
El Parlamento Comunal es la máxima instancia del autogobierno en la Comuna; y sus decisiones se expresan mediante la aprobación de normativas para la regulación de la vida social y comunitaria, coadyuvar con el orden público, la convivencia, la primacía del interés colectivo sobre el interés particular y la defensa de los derechos humanos, en los actos de gobierno en la planificación, coordinación y ejecución de planes y proyectos en el ámbito comunal. Esta instancia de Poder Comunal celebrará sesiones una vez al mes y/o cuando sea convocado por los diferentes consejos que intervienen en la organización popular, a saber: Consejo Ejecutivo, Consejo de Planificación Comunal, la autoridad única del distrito motor o del eje estratégico de desarrollo al que pertenezca, o por el equivalente al 70% de los consejos comunales que conforman la comuna.
El Consejo Ejecutivo es la instancia de ejecución de las decisiones del Parlamento Comunal y estará integrado por los comités de gestión, encargados estos de articular con las organizaciones sociales en su respectiva área de trabajo en la comuna.
El Consejo de Planificación Comunal es el órgano encargado de coordinar la formulación del Plan de Desarrollo Comunal, en concordancia con los planes de desarrollo comunitario propuestos por los consejos comunales y demás planes de interés colectivo, de acuerdo con el sistema nacional de planificación, según lo dispuesto en la Ley.
El Consejo de Economía Comunal es la instancia encargada de la promoción del desarrollo de la economía de la Comuna.
El Consejo de la Contraloría Comunal es la instancia encargada de la vigilancia, supervisión, evaluación y control sobre los proyectos, planes y actividades de interés colectivo que en el ámbito comunal ejecuten o desarrollen las instancias del Poder Popular o el Poder Público, electos o electas entre las integrantes de las unidades de contraloría social de los consejos comunales de la Comuna.
La duración del gobierno comunal tendrá un lapso de dos años y podrán ser reelectos o reelectas por decisión de las instancias respectivas que conforman la Comuna.
Sistema de agregación comunal
Estará conformado por las instancias del poder popular, articuladas en el ejercicio de autogobierno, cuyo objetivo es fortalecer su capacidad de acción en aspectos territoriales, sociales, económicos, culturales, etc. Ejemplo de ello son: consejo comunal, comuna, ciudad comunal, federación comunal, confederación comunal y otras que considere conveniente la iniciativa popular.
