miércoles, 16 de diciembre de 2015

Conozcámos un poco sobre el Sistema Económico Comunal



¿De qué se trata el Sistema Económico Comunal? 
El sistema económico comunal es una herramienta fundamental para construir la sociedad nueva, inspirada en la doctrina Bolivariana, en la cual rigen los principios y valores socialistas de democracia participativa y protagónica, interés colectivo, propiedad social, equidad, justicia, igualdad social y complementariedad, entre muchos otros, en defensa de la integridad territorial y de la soberanía nacional.

¿Qué es la Propiedad social? 
Es el derecho que tiene la sociedad de poseer medios y factores de producción o entidades con posibilidades de convertirse en tales, esenciales para el desarrollo de un vida plena o la producción de obras, bienes o servicios, que por condición y naturaleza propia son del dominio del Estado.
¿Qué nos propone el Modelo productivo socialista? 
Este es un nuevo paradigma fundamentado en la propiedad social, orientado hacia la eliminación de la división social del trabajo propio del modelo capitalista. Trata nuevas maneras de producir por y para todos o las mayorías, satisfaciendo necesidades básicas para alcanzar la felicidad social.
¿Cómo se impulsa este sistema económico comunal que nos propone el socialismo? 
Practicando el trabajo colectivo. Basado en una relación de producción no alienada, propia y auténtica, de manera participativa y protagónica, realizado por los integrantes de las diversas formas organizativas. 

¿Cómo iniciamos el trabajo colectivo, socialista, incluyente, para el beneficio de tod@s?
A través del diseño y ejecución de los proyectos socioproductivos; pensados y orientados a lograr uno o varios objetivos para solucionar las necesidades, aspiraciones y potencialidades de una comunidad o una comuna determinada, de acuerdo con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación y el Plan de Desarrollo Comunal.

El Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio del Poder Popular con competencia en la materia objeto de esta Ley, es el órgano coordinador de las políticas públicas relacionadas con la promoción, formación, acompañamiento integral y financiamiento de los proyectos socioproductivos, originados del seno de las comunidades, las comunas constituidos por entes del Poder Público.

Formas de organización socioproductivas
Empresa de propiedad social directa comunal (EPSD): Unidad socioproductiva constituida por las instancias de Poder Popular en sus respectivos ámbitos geográficos, destinada al beneficio de los productores y productoras que la integran, de la colectividad a las que corresponden y al desarrollo social integral del país, a través de la reinversión social de sus excedentes. La gestión y administración de las empresas de propiedad social comunal directa es ejercida por la instancia del Poder Popular que la constituya.

Empresa de propiedad social indirecta comunal (EPSI): Unidad socioproductiva constituida por el Poder Público en el ámbito territorial de una instancia del Poder Popular. La gestión y administración de las empresas de propiedad social indirecta corresponde al ente u órgano del Poder Público que las constituyan; sin que ello obste para que, progresivamente, la gestión y administración de estas empresas sea transferida a las instancias del Poder Popular, constituyéndose así en empresas de propiedad social comunal directa.
Unidad productiva familiar (UPF): Es una organización cuyos integrantes pertenecen a un núcleo familiar que desarrolla proyectos socioproductivos dirigidos a satisfacer sus necesidades y las de la comunidad; y donde sus integrantes, bajo el principio de justicia social, tienen igualdad de derechos y deberes. 

Grupos de intercambio solidario (GIS): Conjunto de prosumidores y prosumidoras organizados voluntariamente, con la finalidad de participar en alguna de las modalidades de los sistemas alternativos de intercambio solidario.

Unidades de la organización socioproductiva
1. Unidad de Administración: Conformada por tres voceros o voceras, al igual que el resto de las unidades, cada una de las cuales tiene una lista de funciones que cumplir dentro de la organización, según lo especificado en el artículo 25 de la Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal.
2. Unidad de Gestión Productiva
3. Unidad de Formación
4. Unidad de Contraloría Social

Fases del ciclo comunal productivo 
Diagnóstico: Esta fase caracteriza integralmente a las comunidades, identificando las necesidades, las aspiraciones, los recursos, las potencialidades y las relaciones sociales propias de la localidad. 
Plan: Determina las acciones, programas y proyectos socioproductivos que, atendiendo al diagnóstico, tiene como finalidad el desarrollo del bienestar integral de los habitantes del ámbito geográfico de la instancia correspondiente del Poder Popular.
Presupuesto: Comprende la determinación de los costos y recursos financieros y no financieros con los que cuentan y requieren las comunidades, destinados a la ejecución de las políticas, programas y proyectos establecidos en el plan de desarrollo correspondiente de la instancia del Poder Popular.
Ejecución: Fase que garantiza la concreción de las políticas, programas y proyectos en espacio y tiempo establecidos en el correspondiente plan de desarrollo, garantizando la participación activa, consciente y solidaria de las comunidades.
Contraloría social: Es la acción permanente de prevención, vigilancia, supervisión, seguimiento, control y evaluación de las fases del ciclo productivo para la concreción del plan de desarrollo integral del ámbito geográfico de la respectiva instancia del Poder Popular.
Ejemplos de Empresas de Propiedad Social: Agrícolas, Granjas integrales, Bloqueras, Telecomunicaciones, Artesanales, Turísticas, etc.